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Echo por FeedBurner

martes, 15 de noviembre de 2011

El Parlamento Europeo aprueba la norma para limitar la especulación sobre la deuda soberana


La norma trata de poner fin a la desregulación sobre las ventas a corto y los seguros contra impago.

La UE trata de regularizar los mercados. El Parlamento Europeo ha dado luz verde a la norma que limitará la especulación sobre la deuda soberana de los estados miembros. La nueva regulación prohibe las transacciones a descubierto de los seguros de impago vinculados a la deuda soberana y el endurecimiento de las ventas a corto de acciones y bonos.
El PE aprobó hoy prohibir las transacciones al descubierto de los seguros de impago vinculados a la deuda soberana y el endurecimiento en general de las normas para las ventas a corto de acciones y bonos. La Eurocámara, el Consejo y la Comisión Europea (CE) formalizaron un acuerdo el pasado 18 de octubre con el que se pone fin a la total desregularización sobre las ventas a corto y los llamados Credit Default Swaps (CDS), derivados que cubren el riesgo de una suspensión de pago de un país o de una compañía...

Para que la norma entre definitivamente en vigor en la Unión Europea (UE), sólo falta el aval formal del Consejo de Ministros.
Los CDS se vinculan directamente con el estallido de la crisis financiera mundial desatada en septiembre de 2008 y con la ausencia de regulación al respecto, según explica el ponente del proyecto de reglamento aprobado hoy por la Eurocámara, el ecologista francés Pascal Canfin.
En el caso de la venta de los CDS al descubierto en el mercado de la deuda soberana, estos se intercambian sin que los inversores tengan los bonos correspondientes, por lo que se benefician de la cobertura sin estar expuestos realmente al riesgo de un impago.
La prohibición se aplicará a ese caso cuando el comprador de un seguro está "al descubierto" o "desnudo" por no estar expuesto a ningún riesgo frente a la deuda soberana o frente a activos cuyo valor está relacionado con deuda soberana.
Para contentar a algunos socios, eso sí, está prevista la posibilidad de "salirse" de esa prohibición previa autorización de la Autoridad Europea de los Mercados de Valores (ESMA, en inglés) y solo bajo casos claramente y objetivamente definidos.
Entre las justificaciones figuran las situaciones en las que el mercado de deuda soberana "no funciona adecuadamente" y cuando la prohibición pueda tener un impacto negativo en los CDS soberanos.
También valdrá con alegar que sube o que ya está demasiado alto el interés sobre la deuda soberana, o bien que la restricción afecta a la cantidad de bonos que pueden ser negociados, entre otros aspectos. La ESMA tendrá 24 horas para autorizar o denegar la petición.
El levantamiento de la prohibición será temporal, ya que solo podrá ser aplicado durante un máximo de 12 meses, renovables por periodos de hasta seis, si las tensiones permanecen. Además, se establecen excepciones para los operadores primarios y los creadores de mercados.
Detrás de esta regulación, está la voluntad de aumentar la transparencia sobre posiciones en corto mantenidas en ciertos valores de la Unión Europea (UE) y asegura que los estados miembros tengan poderes claros para intervenir en situaciones excepcionales, con el fin de reducir los riesgos sistémicos
y velar por la estabilidad financiera y la confianza en los mercados.
Para la venta en corto al descubierto de acciones, el acuerdo prevé que se tenga que informar de las posiciones cortas al regulador y, en ciertos casos, al mercado.
Además, con el fin de poder vender en corto, tanto en el caso de acciones como de deuda soberana, un inversor tiene que tener prestado el instrumento financiero afectado, haber entrado en un acuerdo para prestarlo o tener un pacto con una tercera parte en virtud del cual ésa confirme que la acción está localizada y que ha tomado medidas para que el inversor pueda tener "expectativas razonables" de que se ejecutará el acuerdo.
En el caso de los bonos soberanos, habrá un régimen específico para las notificaciones a los reguladores, y ésas se tendrán que hacer solo si existen posiciones netas importantes en bonos soberanos de la UE.
El texto de Pascal Canfin otorga además más poderes a la ESMA y a las autoridades nacionales competentes para imponer medidas temporales si hay una gran caída en el curso, como restringir la venta en corto y transacciones con CDS.

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